SE DISPONE LA LIMITACIÓN DE LA ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN DESDE LAS 14,00 HORAS DEL DÍA 30 DE OCTUBRE HASTA LAS 14,00 HORAS DEL DÍA 9 DE NOVIEMBRE. PARA CONTENER LA PROPAGACIÓN DE INFECCIONES CAUSADAS POR EL SARSCOV-2.

Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

✔️ Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
✔️ Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
✔️ Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de ducación infantil.
✔️ Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
✔️ Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
✔️ Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
✔️ Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
✔️ Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
✔️ Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
✔️ Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
✔️ Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Aquí se puede consultar el texto completo⬇️⬇️⬇️
http://bocyl.jcyl.es/…/10/29/pdf/BOCYL-D-29102020-1.pdf

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