Para personas que desde el 14 de marzo estén en paro, en ERTE, hayan pedido reducción de jornada o cese de actividad.

Que el conjunto de los ingresos netos de los miembros de la unidad familiar no alcance, con carácter general y en el mes anterior a la solicitud de la ayuda, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensuales.

Que la renta más los gastos de suministros básicos resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Las solicitudes tienen que estar al corriente de pago de la renta de tres últimas mensualidades inmediatamente anteriores a la petición.

Cuantía subvencionable: De hasta 500 euros al mes como máximo por 4 mensualidades.


Plazo de presentación: del 14 de mayo al 30 de septiembre de 2020

Realización de gestiones en: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/

Toda la información completa en el BOCyL del 7 de mayo: http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/05/07/pdf/BOCYL-D-07052020-1.pdf?fbclid=IwAR3Arh6GxpES3Uhnm2gAOLA2s5bsg-UaqGmT5yO5hBfD6vO_5h147EDcDmQ