OBJETO:

Subvenciones dirigidas a fomentar la seguridad de las personas, la eficiencia energética y la protección del medio ambiente, mediante subvenciones a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años. La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de presentación de solicitudes, desde que el expediente esté completo, hasta agotar el crédito disponible.

PLAZO PARA SOLICITARLO:

Desde el 31 de julio de 2018 hasta el 30 de octubre de 2018.

BENEFICIARIOS:

Las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. a) Haber realizado la sustitución de una caldera o calentador individual de más de diez años, conforme a lo previsto, en una vivienda situada en Castilla y León. En ningún caso serán objeto de ayuda los locales destinados a un uso distinto a vivienda.
  2. b) Acreditar el título jurídico de propiedad de la vivienda en la que se encuentra el equipo a sustituir.
  3. c) Estar empadronado en Castilla y León.
  4. d) Encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Serán subvencionables las siguientes actuaciones que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de octubre de 2018.

  • La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o mixtas de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa. • La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.

Las condiciones para considerar las sustituciones de calderas y calentadores individuales como actuaciones subvencionables son las siguientes:

  • Ser instalaciones individuales de entre 5 y 70 kW.
  • Cumplir la instalación los requisitos del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios.
  • Ser equipos nuevos.
  • Los equipos retirados tienen que haber sido entregados a un gestor autorizado.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

500 € por sustitución de caldera de carbón

400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica

300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables

150 € sustitución de calentador de gas atmosférico

Más información en el enlace:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181054765/_/1284817366552/Propuesta?utm_source=alertascontenidos&utm_medium=mail&utm_campaign=Ayuda

 

SERVICIO DE REGLAMENTACIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

C/ Jacinto Benavente, 2 C.P. 47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid)

Teléfono: 983 324 288

 

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