La Junta de Castilla y León ha publicado una línea de subvenciones dirigidas a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años.
 
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 16 de septiembre de 2020 hasta el 15 de noviembre de 2020
 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Las solicitudes se presentarán exclusivamente por los instaladores habilitados que hayan ejecutado la sustitución, en representación del titular de la instalación en la que se haya sustituido la caldera o el calentador.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

  1. Haber realizado la sustitución del equipo en el momento de la solicitud.
  2. La sustitución se debe realizar en una vivienda situada en Castilla y León. En ningún caso serán objeto de ayuda los locales destinados a un uso distinto a vivienda.
  3. Se debe poder acreditar la propiedad de la vivienda en la que se ha realizado la sustitución.
  4. Estar empadronado en la Comunidad de Castilla y León.
  5. Encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Serán subvencionables las siguientes actuaciones que se realicen entre el 16 de septiembre de 2020 y el 15 de noviembre de 2020:• La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o mixtas, de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa.• La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.Condiciones de las actuaciones subvencionables:• Ser instalaciones individuales de entre 5 y 70 kW.
• Cumplir la instalación los requisitos del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios.
• Ser equipos nuevos.
• Los equipos sustituidos serán inutilizados, retirados y entregados a un gestor autorizado para la gestión de este tipo de residuos por la empresa instaladora que ha realizado la instalación.

CUANTÍA:
500 € por sustitución de caldera de carbón
400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica
300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables
150 € sustitución de calentador de gas atmosférico